Sura An-Nisa, aleya 15

4:15

وَٱلَّٰتِي يَأۡتِينَ ٱلۡفَٰحِشَةَ مِن نِّسَآئِكُمۡ فَٱسۡتَشۡهِدُواْ عَلَيۡهِنَّ أَرۡبَعَةٗ مِّنكُمۡۖ فَإِن شَهِدُواْ فَأَمۡسِكُوهُنَّ فِي ٱلۡبُيُوتِ حَتَّىٰ يَتَوَفَّىٰهُنَّ ٱلۡمَوۡتُ أَوۡ يَجۡعَلَ ٱللَّهُ لَهُنَّ سَبِيلٗا ١٥

Wallātī ya'tīnal-fāhishata min nisā'ikum fastashhidū 'alayhinna arba'atam minkum fa in shahidū fa amsikūhunna fil-buyūti hattā yatawaffāhunnal-mawtu aw yaj'alallāhu lahunna sabīlā

15. Si una mujer es acusada de fornicación, deben declarar en su contra cuatro testigos [presenciales del acto]. Si los testigos confirman el hecho, condénenla a reclusión perpetua en su casa o hasta que Dios le conceda otra salida1.

Notas

1 Esta primera pena fue luego remplazada por 24:2.

Tafsir

15. Si alguna de sus mujeres, casadas o solteras, cometen el pecado de fornicación (az-zina), deben atestiguar contra ellas cuatro hombres musulmanes y honestos. Si ellos atestiguan que ellas han cometido tal pecado, enciérrenlas en sus viviendas como castigo, de por vida o hasta que Al-lah les conceda una salida. Al-lah instituyó luego otro castigo: Dispuso una pena de cien azotes y un exilio de un año para el soltero y la muerte por lapidación para el casado (hombre o mujer).